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Jueves 25 de abril de 2024

Revés de la Corte al desembarco de Farmacity

Sábado 3 de julio de 2021

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La Corte Suprema de Justicia falló en contra la pretensión de la compañía Farmacity de desembarcar en la provincia de Buenos Aires, al rechazar un recurso de queja que había presentado la empresa contra un fallo de la Suprema Corte provincial que ya había señalado que, por ser una sociedad anónima, no puede operar en territorio bonaerense.

La decisión del máximo tribunal llegó a casi una década desde que empezó el reclamo de la cadena de farmacias fundada por Mario Quintana, exvicejefe de Gabinete de Mauricio Macri.

La empresa cuestionaba la normativa provincial que regula quiénes pueden ser propietarios de farmacias en territorio bonaerense que excluye a las sociedades anónimas. La Corte determinó que “el legislador local ha ejercido sus facultades en forma razonable, basándose en principios de salud pública, ampliando la protección de los pacientes”, explicó un comunicado del máximo tribunal.

El reclamo de Farmacity fue analizado por cuatro jueces. La decisión final fue firmada por tres de los jueces que intervinieron en el caso: Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Martín Irurzun (presidente de la Cámara Federal porteña, quien participó como conjuez convocado exclusivamente para este caso). La segunda conjueza convocada para analizar el caso, la presidenta de la Cámara Federal de Corrientes, Mirta Gladis Sotelo de Andreu, votó en disidencia.

En el fallo, los jueces Lorenzetti y Highton indicaron que “la norma impugnada (por Farmacity) pretende proteger la salud de quienes consumen medicamentos, que constituyen un grupo especialmente vulnerable”, según explicó un comunicado de la Corte. “En este sentido, se consideró que la parte actora no había probado que la aplicación de la ley provincial entorpecía severamente la política nacional”, ya que “son normas complementarias que pretenden avanzar en la concreción de políticas públicas comunes en orden a la protección de derechos fundamentales de la población y, en particular, de los consumidores de productos farmacéuticos”, agregó el comunicado que resume los principales puntos del fallo.

Un vocero de la compañía “lamentó el fallo que dificulta a los bonaerenses tener más acceso a la salud tal como era nuestro propósito que, entendíamos, estaba plenamente ajustado de derecho”.

Pese a su desacuerdo con la decisión de los supremos, la empresa afirmó que continuará “con total apego a las leyes dentro del marco definido por el fallo de la CSJN, invirtiendo y trabajando para llegar a la mayor cantidad de habitantes de la provincia, generando empleo de valor, y colaborando con los distintos actores del sistema de salud para potenciar el modelo sanitario”. Tal fue la respuesta difundida por su equipo jurídico y de comunicación.

Tiempo atrás la intención de Farmacity había puesto en alerta a los Colegios de Farmacéuticos distritales. En 2018, el Concejo Deliberante de Luján aprobó una ordenanza que prohíbe la instalación de cadenas de farmacias. La decisión fue acompañada por las distintas fuerzas políticas que en ese momento integraban el cuerpo deliberativo.